Los
derechos del personal de salud y de los pacientes en la práctica medica
La palabra derecho proviene del
término latino directum, que
significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en
postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que
regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones
sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. El derecho es un
conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una
sociedad. En la práctica de la medicina también se emplean los derechos, hacia
los trabajadores de la salud, por ejemplo, los médicos y también en los
pacientes.
El Derecho médico o legislación
médica es la rama del Derecho que se ocupa de las normas y responsabilidades de
los profesionales médicos y los derechos del paciente. Estos derechos no
pretenden confrontarse con los de los pacientes, pues ambos se vinculan con un
conjunto de valores universales propios de una actividad profesional
profundamente humanista como la medicina. Siguiente se desglosan los derechos
del personal medico.
1. El
médico tiene derecho a que se respete su juicio clínico (diagnóstico y
terapéutico) y su libertad prescriptiva, así como su probable decisión de
declinar la atención de algún paciente, siempre que tales aspectos se sustenten
sobre bases éticas, científicas y normativas.
2. El
médico tiene derecho a contar con lugares de trabajo e instalaciones que
cumplan con medidas de seguridad e higiene, incluidas las que marcan la ley, de
conformidad con las características del servicio a otorgar.
3. Es
un derecho del médico, recibir del establecimiento donde presta su servicio:
personal idóneo, así como equipo, instrumentos e insumos necesarios, de acuerdo
con el servicio a otorgar.
4. El
médico tiene derecho a no emitir juicios concluyentes sobre los resultados
esperados de la atención médica.
5. El
médico tiene derecho a recibir del paciente y sus familiares trato respetuoso,
así como información completa, veraz y oportuna relacionada con el estado de
salud. El mismo respeto deberá recibir de sus superiores, personal relacionado
con su trabajo profesional y terceros pagadores.
6. El
médico tiene derecho a que se le facilite el acceso a la educación médica
continua y a ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo
profesional, con el propósito de mantenerse actualizado.
7. El
médico tiene derecho a participar en actividades de investigación y enseñanza
como parte de su desarrollo profesional.
8. El
médico tiene derecho a asociarse en organizaciones, asociaciones y colegios
para su desarrollo profesional, con el fin de promover la superación de sus
miembros y vigilar el ejercicio profesional, de conformidad con lo prescrito en
la ley.
9. El
médico tiene derecho a la defensa de su prestigio profesional y a que la
información sobre el curso de una probable controversia se trate con
privacidad, y en su caso a pretender el resarcimiento del daño causado. La
salvaguarda de su prestigio profesional demanda de los medios de comunicación
respeto al principio de legalidad y a la garantía de audiencia, de tal forma
que no se presuma la comisión del ilícito hasta en tanto no se resuelva
legalmente cualquier controversia por la atención médica brindada.
10. El
médico tiene derecho a ser remunerado por los servicios profesionales que
preste, de acuerdo a su condición laboral, contractual o a lo pactado con el
paciente.
Los derechos de los pacientes
tienen la misma importancia que los de los médicos. Los pacientes tienen
diversos derechos, los cuales son importantes para que se les de un trato digno por parte de los trabajadores de
la salud. Siguiente serán desglosados
cada uno de los derechos de los pacientes.
1. Recibir
atención médica adecuada
El paciente
tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de
acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que
se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a
otro médico.
2. Recibir trato digno y respetuoso
El paciente
tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinde
atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a
sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus
condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera
que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o
acompañantes.
3. Recibir información suficiente, clara,
oportuna y veraz
El paciente, o
en su caso el responsable, tiene derecho a que el médico tratante les brinde
información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese
siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de
favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre
veraz, ajustada a la realidad.
4. Decidir libremente sobre su atención
El paciente, o
en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera
personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento
diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias
de supervivencia en pacientes terminales.
5. Otorgar o no su consentimiento válidamente
informado
El paciente, o
en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa,
tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte
sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que
impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y
completa en que consisten los beneficios que se esperan, así como de las
complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del
acto médico.
6. Ser
tratado con confidencialidad
El paciente tiene
derecho a que toda la información que exprese a su médico, se maneje con
estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa
de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se
haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico
de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.
7. Contar
con facilidades para obtener una segunda opinión
El paciente
tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una
segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con
su estado de salud.
8. Recibir atención médica en caso de urgencia
Cuando esta en
peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir
atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea
público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.
9. Contar con un expediente clínico
El paciente
tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención
médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y
completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y
cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo al
fin requerido.
10. Ser atendido cuando se inconforme por la
atención médica recibida
El paciente tiene
derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente
cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o
privados.